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Quito - Ecuador | 21 de noviembre del 2009 | 00H33 (GMT-5)
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La Corte no pedirá extraditar a Santos
November 5, 2009 El juez de Sucumbíos, Francisco Revelo, revocó ayer las órdenes de prisión en contra del ex Ministro de Defensa y del Jefe de las FF.AA. del vecino país
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Redacción Judicial

La tarde de ayer, el juez tercero de Garantías Penales de Sucumbíos, Francisco Revelo, dejó sin efecto la orden de prisión y, por lo tanto, el pedido de extradición en contra del ex ministro de Defensa de Colombia, Juan Manuel Santos, y del comandante del Ejército de ese país, Freddy Padilla.

En la audiencia llevada a cabo en la Corte de Justicia en Nueva Loja (que se inició a las 16:30), el defensor público ecuatoriano, Walter Lombeida, solicitó al juez la revocatoria de las medidas cautelares dictadas en contra de sus defendidos tras los ataques del Ejército colombiano en Angostura, en marzo de 2008. Allí fallecieron 26 personas, entre ellas el segundo al mando de las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC), Raúl Reyes.

Los pedidos judiciales
El 29 de junio pasado,
 el juez Penal de Sucumbíos, Daniel Méndez, ordenó la prisión del ex ministro Juan Manuel Santos. Luego, el juez dejó el caso.
El 15 de octubre, el juez tercero de lo Penal, Francisco Revelo, ordenó la prisión del jefe militar colombiano Freddy Padilla, pero no solicitó su extradición.
El jefe de la Policía de Colombia, Óscar Naranjo, y el ex jefe del Ejército, Mario Montoya, están procesados sin prisión.

Lombeida, citando la declaración universal de los Derechos Humanos, dijo que la privación de libertad y la orden de prisión preventiva son injustificadas. “La medida es extrema y no garantiza el legítimo derecho a la defensa. Mis defendidos no fueron debidamente notificados y la Fiscalía jamás podrá contar con su versión a fin de esclarecer los hechos. Solicito al señor Fiscal que se inicie una investigación más exhaustiva e imparcial”, expresó.

El agente fiscal a cargo de las investigaciones, Carlos Jiménez, rechazó los sustentos de la defensa aduciendo que no se ha presentado ningún elemento nuevo que determine la no responsabilidad de los acusados.

“Tanto Santos como Padilla han aceptado su participación en la planificación y dirección de la Operación Fénix. Además, las pruebas de Criminalística demuestran que en Angostura hubo matanza premeditada. Las pruebas son claras y la petición de la defensa no tiene sustento”, dijo Jiménez durante la audiencia.

Tras escuchar los argumentos de ambas partes, el juez Francisco Revelo resolvió dejar sin efecto la medida cautelar de prisión preventiva y también se ratificó en no anunciar medida alguna en contra de los otros dos imputados: Óscar Naranjo, director de la Policía de Colombia, y Mario Montoya, ex comandante de las Fuerzas Militares colombianas.

“En mi facultad de juez considero que la medida antes dictada en contra de los acusados fue precipitada; por lo tanto suspendo la orden de prisión preventiva en contra de Juan Manuel Santos y Freddy Padilla,  para que puedan acceder a su legítimo derecho a la defensa acudiendo a la Embajada de Ecuador en Colombia”, fue el dictamen de Revelo, con el cual  concluyó la diligencia judicial.

“La prisión preventiva dictada fue una medida extrema y de acuerdo con la Constitución los acusados están en desigualdad de condiciones”, precisó el juez.  Lombeida se mostró satisfecho con el dictamen, mientras que el fiscal Jiménez, evidentemente molesto, manifestó que  no comprendía la decisión del juez.

En la audiencia de ayer. El defensor de los procesados, Walter Lombeida (izq.); el fiscal Carlos Jiménez y el juez Francisco Revelo. Ampliar Imagen  Foto:EL COMERCIO
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