El veto a la Ley de Discapacidad es revisado
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La objeción parcial al proyecto de Ley Orgánica de Discapacidades genera algunas dudas en algunos representantes del sector que trabaja por esta minoría. El presidente Rafael Correa remitió al presidente de la Asamblea, Fernando Cordero, el oficio en el que veta algunos de los artículos del proyecto.
En el documento que fue enviado el viernes se pide revisar 28 artículos, ocho disposiciones transitorias y el numeral 15 de las disposiciones reformatorias y derogatorias de la normativa.
Entre los temas a los que se refiere el veto constan: la calificación, el procedimiento y la acreditación de las personas con discapacidad; el subsistema de información y el acceso a los medicamentos, insumos, ayudas técnicas, los seguros de vida y/o salud y medicina prepagada.
Los beneficios tributarios previstos en esta ley únicamente se aplicarán para aquellos cuya discapacidad sea igual o superior a la determinada en el Reglamento, el cual podrá establecer beneficios proporcionales al carácter tributario, según los grados de discapacidad del ciudadano, con excepción de los beneficios establecidos en el art. 74.
Para Alfredo Luna, ciudadano con discapacidad, el tema tributario sigue siendo débil en el proyecto de Ley. Luna insiste en que la Constitución señala que las personas con discapacidad están exentas del régimen tributario; en cambio, el proyecto de ley habla de rebajas arancelarias.
Xavier Torres, vicepresidente del Consejo Nacional de Discapacidades (Conadis), considera que lo que se está regulando en el veto son normas que el Gobierno tiene que proponer directamente y va acorde a lo que plantea el proyecto. Agrega que lo planteado es una mejora a la Ley.
Otras objeciones consideran el aspecto educativo: derecho a la educación, la educación inclusiva, la educación especial y específica, la accesibilidad a la educación y las becas.
Por ejemplo, el artículo 27 que establece que las personas con discapacidad tienen una garantía por parte del Estado para acceder, permanecer y culminar sus estudios, hasta los superiores en un establecimiento educativo especializado fue uno de los vetados.
El presidente escribió en el veto que “fijar esa garantía podría resultar de imposible cumplimiento, pues no se encuentran previstas las limitaciones que por las capacidades propias pueden existir en el beneficiario”.
Una de las disposiciones transitorias objetadas es el plazo de un año para la adecuación del servicio de transporte público. Sobre esto tema, Correa sugiere que el plazo puede resultar insuficiente porque hay que aguardar a que entre en vigencia el Reglamento a la presente Ley para el cumplimiento de lo que este disponga; por eso propone extenderlo.
La Comisión tiene 30 días para pronunciarse en torno a este veto, según establece la Constitución y la Ley Orgánica de la Función Legislativa. Tiene dos opciones: allanarse a las observaciones del Presidente de la República o ratificar los textos originalmente aprobados por el Pleno.
Hasta ayer, la Comisión Ocasional de Personas con Discapacidad no se había reunido. Está previsto que lo haga esta semana y el viernes sus miembros presenten su respuesta al veto.
Más sobre el veto
Otro artículo vetado fue el 76, en el que se establece una fracción básica desgravada del impuesto a la renta aplicable a las personas con discapacidad, del triple de fracción para los demás contribuyentes.
El presidente Correa escribe en el documento que “a diferencia de los demás beneficios establecidos en la Ley, este se aplica únicamente a la persona con discapacidad sin considerar a la persona que esté a cargo”. Propone extenderlo a una persona.


